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El planteo había sido interpuesto por el defensor técnico Juan Carlos Botik contra una sentencia previa del mismo tribunal, que ya había rechazado nulidades, desestimado el recurso de casación y confirmado la condena dictada por la Cámara Criminal de la Primera Circunscripción Judicial.

La defensa argumentó que la resolución vulneraba garantías constitucionales, como el debido proceso y el derecho de defensa. También cuestionó una presunta inversión de la carga de la prueba y la valoración de pericias psicológicas realizadas en Cámara Gesell.

Sin embargo, el Tribunal consideró que el recurso no cumplía con los requisitos formales exigidos. En ese sentido, advirtió irregularidades en su presentación, entre ellas exceso en la extensión permitida, incumplimientos en el formato y la falta de carátula adecuada.

Además, los jueces concluyeron que los argumentos expuestos reiteraban planteos ya analizados y no constituían una crítica concreta, ni demostraban la existencia de una cuestión federal suficiente que habilite la instancia extraordinaria.

En línea con el dictamen del fiscal, el fallo sostiene que no se configuró arbitrariedad ni violación de garantías constitucionales, y remarca que la sola invocación de derechos no resulta suficiente sin una fundamentación específica.

Por todo ello, el Tribunal resolvió rechazar el recurso extraordinario federal, con costas por su orden.

Declaraciones de la querella

El abogado querellante,  El Dr. Máximo Ulloa, destacó la relevancia de la decisión judicial en el marco de la causa.

“Este proceso no fue sencillo. En el momento de los hechos, el contexto era complejo, especialmente desde lo político. Existía una fuerte resistencia a creer que Maldonado podía ser el autor de los abusos. Hay que recordar que en ese momento era presidente del Concejo Deliberante de Río Gallegos, lo que dificultó avanzar en las primeras etapas de la investigación”, señaló.

En esa línea, sostuvo que el proceso judicial implicó “superar prejuicios, presiones y descreimientos”, y que el trabajo de la querella se centró en sostener la acusación con pruebas sólidas y dentro del debido proceso.

Respecto al fallo, afirmó: “La resolución ratifica que no existieron violaciones a garantías constitucionales ni arbitrariedades, como intentó plantear la defensa”, y agregó que el recurso rechazado “carecía de fundamentos suficientes para habilitar la instancia federal”.

“Este fallo no solo consolida lo resuelto en instancias anteriores, sino que representa un paso más en el esclarecimiento de la verdad y en el reconocimiento de los derechos de las víctimas”, agregó

“ Más allá de las dificultades iniciales, hoy podemos decir que la Justicia ha actuado conforme a derecho, dando una respuesta concreta y definitiva".

Finalmente concluyó" este caso debe servir para generar conciencia y si es posible, una reflexión profunda en la sociedad ,en donde tenemos que aprender a escuchar más, a prestar atención a nuestros niños, niñas y adolescentes cuando algo no está bien , siendo así que muchas veces ellos/as se expresan de distintas formas, y es nuestra responsabilidad como adultos estar presentes, protegerlos y por sobre todo créerles”.    

Autor: FM Estación del Carmen