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El Banco Central de la República Argentina (BCRA) oficializó la habilitación de las cuentas sueldo en dólares, una medida que permitirá a las empresas pagar salarios y honorarios en moneda estadounidense mediante acreditación bancaria.

La disposición fue establecida a través de la Comunicación "A" 8460 y completa la reglamentación de la reforma laboral vigente. La modalidad solo podrá implementarse cuando exista un acuerdo entre el empleador y el trabajador.

¿Qué cambia con la nueva medida?

Hasta ahora, la legislación permitía pactar salarios en moneda extranjera, pero no existía un mecanismo bancario específico para acreditar esos haberes en una cuenta sueldo en dólares.

Con la nueva normativa:

  • Las empresas podrán depositar salarios en dólares.
  • Los bancos podrán abrir cuentas sueldo en moneda estadounidense.
  • Los trabajadores tendrán las mismas condiciones de gratuidad que en las cuentas sueldo en pesos.

Operaciones sin costo

El Banco Central dispuso que estas cuentas no tendrán costos para los trabajadores por:

  • Apertura de la cuenta.
  • Mantenimiento.
  • Transferencias.
  • Extracciones de fondos.
  • Movimientos bancarios hasta el monto acreditado como remuneración.

Además, los dólares podrán permanecer depositados sin límite de tiempo y sin cargos adicionales.

¿Se podrán retirar dólares en efectivo?

Sí. La normativa establece que los bancos deberán garantizar la disponibilidad de dólares en efectivo en la sucursal donde esté radicada la cuenta.

En otras sucursales, cajeros automáticos o terminales de autoservicio, la entrega de billetes dependerá de la disponibilidad de efectivo y de la capacidad operativa de cada entidad financiera.

¿Quiénes podrían cobrar en dólares?

La posibilidad de pagar salarios en moneda extranjera fue incorporada por la Ley 27.802 de Modernización Laboral. Con la reglamentación del Banco Central quedó habilitada su implementación a través del sistema bancario.

Aunque cualquier empresa podrá acordar esta modalidad con sus empleados, especialistas consideran que tendrá mayor aplicación en actividades vinculadas al mercado internacional, entre ellas:

  • Empresas de tecnología.
  • Desarrollo de software.
  • Exportación de servicios.
  • Consultoría internacional.
  • Economía del conocimiento.
  • Puestos ejecutivos y profesionales especializados.

Implementación gradual

Especialistas estiman que la medida tendrá una adopción progresiva, ya que muchas empresas deberán contar con ingresos en dólares para afrontar el pago de salarios.

Además, todavía restan definiciones sobre algunos aspectos operativos, como el tipo de cambio que deberá utilizarse para calcular aportes, aguinaldo, vacaciones e indemnizaciones cuando las remuneraciones estén pactadas en moneda extranjera.

Autor: FM ESTACION DEL CARMEN