Gas en Santa Cruz: qué cambia con la nueva Ley de Zona Fría y qué pasará con los subsidios
La nueva Ley de Zona Fría comenzó a regir este martes 13 de octubre, tras su publicación en el Boletín Oficial. La reforma modifica el sistema de subsidios al gas y abre interrogantes sobre el alcance de los descuentos que recibirán los hogares de Santa Cruz en sus próximas facturas.
La norma, identificada como Ley 27.828 y promulgada mediante el Decreto 1161/2026, mantiene a la provincia dentro del régimen especial de la Región Patagónica. No obstante, introduce cambios en el funcionamiento del fondo que financia las bonificaciones y en la determinación del porcentaje de descuento.
Para los usuarios santacruceños, la principal novedad es que la continuidad del beneficio regional no garantiza que las facturas conserven los mismos importes. El impacto dependerá de las condiciones de implementación, las tarifas vigentes y el consumo de cada hogar.
Qué cambia en el subsidio al gas
El nuevo esquema modifica el funcionamiento del Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos de Gas, mecanismo destinado a financiar las compensaciones del régimen.
Mientras que el sistema anterior contemplaba una bonificación del 50% para los usuarios alcanzados por el beneficio histórico, la nueva redacción ya no fija expresamente ese porcentaje en la ley. Su determinación queda sujeta a las decisiones del Poder Ejecutivo nacional o de la autoridad de aplicación.
De esta manera, Santa Cruz conserva su reconocimiento como parte de la Patagonia, una región con condiciones climáticas que hacen indispensable el uso de calefacción durante gran parte del año. Sin embargo, todavía deben considerarse las disposiciones que establecerán cómo se aplicará el descuento bajo las nuevas condiciones.
El descuento del 70% que no fue aprobado
Durante el debate legislativo, los senadores José María Carambia y Natalia Gadano impulsaron una propuesta para crear una categoría denominada Zona Polar, destinada a otorgar un tratamiento diferencial a Santa Cruz y Tierra del Fuego.
La iniciativa planteaba una bonificación del 70% sobre los cuadros tarifarios plenos para determinados usuarios residenciales y también proponía una exención del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para el servicio de gas alcanzado.
El proyecto obtuvo un dictamen de minoría durante septiembre, pero no quedó incorporado al texto finalmente aprobado por el Congreso.
Por lo tanto, la nueva Ley de Zona Fría no establece un descuento del 70% ni una exención específica del IVA para los usuarios de Santa Cruz y Tierra del Fuego. Ambas provincias continúan comprendidas dentro del tratamiento previsto para la Región Patagónica.
¿Los usuarios van a pagar más por el gas?
Por el momento, la modificación legal no permite establecer cuánto subirá o bajará cada factura. Para conocer el impacto concreto será necesario analizar las disposiciones de aplicación y los componentes que integran el monto final del servicio.
Entre ellos se encuentran el precio del gas, el transporte, la distribución, los impuestos, los cargos correspondientes y el consumo registrado durante cada período.
En consecuencia, mantener la inclusión dentro del régimen patagónico no significa necesariamente que los usuarios pagarán lo mismo que antes. Tampoco permite afirmar que todas las familias afrontarán un aumento determinado como consecuencia directa de la reforma.
La evolución de los importes dependerá de las condiciones que se definan para aplicar las bonificaciones y de las tarifas correspondientes a cada suministro.
Qué usuarios contempla el régimen
La legislación diferencia el beneficio histórico de la Región Patagónica de las bonificaciones adicionales previstas para otras zonas del país.
El régimen contempla la protección diferencial para usuarios residenciales de gas natural por redes y de gas propano indiluido distribuido por redes, además de determinados usuarios del Servicio General P abastecidos mediante este último sistema.
Para otras regiones, la ley establece condiciones específicas de acceso a la bonificación adicional, vinculadas con el Régimen de Subsidios Focalizados y determinados criterios socioeconómicos. Entre ellos figuran los ingresos familiares, la inscripción en el Registro Nacional de Barrios Populares, las pensiones vitalicias para veteranos de la Guerra del Atlántico Sur y ciertas situaciones relacionadas con certificados de discapacidad.
Estas condiciones corresponden al esquema de bonificación adicional y no deben confundirse automáticamente con los criterios del régimen histórico patagónico.
Hasta cuándo estará vigente la ley
La Ley 27.828 establece que el régimen tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2031. También mantiene un mecanismo de financiamiento mediante un recargo sobre el precio del gas natural comercializado en el país, con las excepciones previstas en la normativa.
La ley permite, además, que el Poder Ejecutivo modifique el nivel de ese recargo dentro de los límites establecidos.
Para Santa Cruz, las próximas definiciones serán determinantes para conocer el porcentaje efectivo de bonificación y cómo se aplicará a los consumos alcanzados.
En localidades como Río Gallegos, Río Turbio, 28 de Noviembre, El Calafate, Puerto Santa Cruz, Puerto San Julián y Caleta Olivia, el costo del gas representa una preocupación central por las bajas temperaturas y la necesidad de calefacción durante buena parte del año.
Con la entrada en vigencia de la reforma, el régimen
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