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La Secretaría de Energía definió la implementación del nuevo Régimen de Zona Fría a través de la Resolución 299/2026, publicada en el Boletín Oficial. La medida reglamenta las bonificaciones previstas tras los cambios introducidos por la Ley 27.828 y el Decreto 1266/2026.

El esquema mantiene el descuento territorial para los usuarios de la Patagonia, el departamento mendocino de Malargüe y la región de la Puna. Además, incorpora una bonificación adicional destinada a hogares que cumplan determinados requisitos dentro del Régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF).

Quiénes recibirán el descuento del 50%

La bonificación del 50% alcanza a los usuarios residenciales de gas natural por redes y de gas propano indiluido por redes ubicados en la Patagonia, Malargüe y la Puna. También comprende a determinados usuarios del Servicio General P de localidades abastecidas mediante redes de gas propano indiluido dentro de esas zonas.

Las distribuidoras y subdistribuidoras deberán incorporar el beneficio en las facturas y presentar información sobre los consumos y las bonificaciones aplicadas ante el Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad (ENReGE).

Un punto importante es que el descuento no representa una reducción del 50% sobre el total de la factura. La bonificación se aplica al precio del gas, mientras que el importe final también incluye transporte, distribución, impuestos y tasas.

Cómo funcionará el descuento adicional del 20%

La resolución crea una Bonificación Adicional por Zona Fría para determinados hogares incorporados al Régimen de Subsidios Energéticos Focalizados. El beneficio equivale al 20% del Precio Anual Uniforme (PAU) del gas natural y del precio del gas propano indiluido por redes, y se aplicará sobre los consumos base establecidos por la normativa.

Para acceder, los usuarios deberán cumplir simultáneamente con varias condiciones: estar inscriptos en el SEF, contar con un suministro ubicado en alguna de las subzonas bioambientales contempladas por la norma y no pertenecer a las áreas que ya reciben la bonificación territorial del 50%.

Además, tendrán que cumplir al menos uno de los criterios establecidos en la legislación vigente para acceder a este beneficio.

La bonificación adicional también podrá alcanzar a entidades de bien público, clubes de barrio y de pueblo y otras organizaciones sin fines de lucro asimilables. Para estas categorías, el descuento se aplicará sobre el volumen total consumido, de acuerdo con las condiciones de facturación correspondientes.

Cómo se identificarán los beneficiarios

La resolución no incluye una lista definitiva de localidades ni un padrón cerrado de hogares alcanzados por el descuento adicional. La identificación dependerá de los datos que reúna y procese la administración energética.

La Subsecretaría de Eficiencia e Información Energética tendrá a su cargo la elaboración, actualización y revisión del padrón. Para ello, utilizará los registros del Régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (ReSEF) y los cruzará con la ubicación de cada suministro y las subzonas bioambientales previstas.

Una vez conformado el listado, será enviado al ENReGE, que deberá comunicarlo a las distribuidoras y subdistribuidoras para que apliquen la bonificación correspondiente.

De esta manera, el nuevo régimen mantiene el beneficio territorial para la Patagonia y otras regiones incluidas, mientras incorpora una asistencia adicional para ciertos hogares. El alcance concreto de ese segundo descuento dependerá de la identificación oficial de los usuarios que reúnan todos los requisitos.

Autor: FM ESTACION DEL CARMEN